Van a sancionar en Guerrero a quien haga llamadas falsas o de broma al 911

Redacción

El Congreso de Guerrero aprobó sancionar económicamente a quien realice llamadas de broma y falsas a los servicios de emergencia 911 y 089.

La iniciativa de reforma al artículo 133 de la Ley Número 455 de Protección Civil, fue enviada por la gobernadora de Guerrero, Evelyn Salgado Pineda, los diputados locales la probaron por unanimidad.

La intención de la jefa del Poder Ejecutivo local es fortalecer la cultura de la legalidad.

Patricia Doroteo Calderón, presidenta de la Comisión de Protección Civil, fue quien tuvo a su cargo la fundamentación del dictamen.

La diputada Doroteo Calderón expuso que los servicios de emergencias son herramientas fundamentales ante las situaciones de riesgo, ya sean derivadas de fenómenos naturales, de salud o de inseguridad.

Explicó que a través de dichos servicios, la vía por la cual el Estado puede comenzar con la resolución de situaciones de extremo peligro para la sociedad, en las cuales la información es crucial para lograr su adecuada y oportuna atención.

Por esa razón, destacó que la movilización inmediata de los elementos de Seguridad Pública y de Protección Civil, además de los elementos de los cuerpos de salud o del cuerpo de bomberos, son factores determinantes en la vida de los ciudadanos en peligro.

Aseguró que las llamadas de broma o falsas entorpecen los trabajos de los servicios de emergencia, causan daños al erario público y pueden llegar a ocasionar accidentes y delitos, por lo que se vuelve responsabilidad de las autoridades buscar herramientas que abonen en el uso adecuado de ese número telefónico.

“Una llamada de broma o que reporte hechos falsos, no solamente implica un importante desperdicio de recursos públicos, sino que agrava el riesgo en el que ya, de por sí, se encuentran los ciudadanos que hacen un uso responsable de esta herramienta”, prosiguió.
La reforma del artículo 133 de la Ley Número 455 de Protección Civil del estado de Guerrero tipifica la infracción administrativa contra la seguridad ciudadana al realizar llamadas falsas a los servicios de emergencias.

Teniendo en cuenta como sanción a la persona que haya realizado la llamada y/o solicitud, así como al titular o poseedor de la línea telefónica desde la que se haya realizado la llamada; aumentándose en caso de reincidencia la misma se duplicará; por lo que esta infracción se sancionará con una multa por el equivalente de 21 a 100 veces la Unidad de Medida y Actualización, vigente.

Con información de Milenio Noticias