Podría SAT cobrar impuesto por las ganancias de los ahorradores

Redacción

México.- Si eres de las personas que suelen hacer inversiones con la esperanza de tener un ahorro un poco mayor, a partir de los rendimientos, pudiera ser que haya malas noticias. Resulta que los ahorradores podrían pagar el próximo año una tasa mayor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que les retienen las instituciones financieras por los intereses obtenidos, esto, si es que el Congreso de la Unión aprueba la propuesta del Paquete Económico 2024.

Es una realidad que el SAT buscará alcanzar la meta de recaudación sin introducir una Miscelánea Fiscal y manteniendo la promesa del Ejecutivo de no crear ni aumentar los impuestos.

¡Ojo! Los impuestos representan la fuente principal de ingresos para el gobierno federal, superando los ingresos petroleros y el financiamiento por deuda interna.

Así, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso- en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el siguiente año – una tasa de retención del ISR de 1.48% frente al 0.15% autorizada para el presente año.

Esto es, aún y cuando desde el inicio de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador se dijo que habría nuevos impuestos, es un hecho que habrá más fiscalización y más revisiones.

En la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación 2024, el gobierno federal plantea incrementar de 0.15 a 1.48 por ciento la tasa de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los rendimientos obtenidos por ahorro o inversión en el sistema financiero.

En 2023, esta tasa de retención del ISR también aumentó, aunque de manera moderada, de 0.08 por ciento en 2022 a 0.15 por ciento, debido a que la inflación se encontraba en niveles más elevados, limitando la tasa de interés real. En 2021, la tasa del ISR aplicada fue de 0.97 por ciento.

Diferencias entre e.firma y contraseña

Con la contraseña del RFC puedes ingresar al Portal del SAT y tener acceso a la mayoría de tu información fiscal, hay algunos aplicativos en los que es obligatorio acceder o concluir los trámites con e.firma, como el cambio de domicilio fiscal en línea o la solicitud de devolución de saldos a favor de manera manual.

E.firma

Se tramita de forma presencial en las oficial del SAT, previa cita

Se compone de Certificado de Seguridad, Clave Privada, Contraseña de Clave Privada

Es un archivo seguro y cifrado que tiene el mismo valor que tu firma autógrafa

Te identifica al realizar trámites y servicios por internet en el SAT y otras dependencias del gobierno

Tiene vigencia de 4 años

Contraseña del RFC

Se tramita en línea, a través de SATID

Se compone de una clave alfanumérica de 8 dígitos

Sustituye tu firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes

Funciona como mecanismo de acceso a los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos

Tiene una vigencia de 4 años, a partir de la generación de la última vez que se actualice.

*Información de La Silla Rota.