Declara TEEA inexistencia de violencia política de género contra Karla Espinoza

Daniela Lomelí

Jesús María, Ags.- Las magistradas y el magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes determinaron la inexistencia de la infracción de violencia política de género por parte del panista Antonio Arámbula López en contra de la ex candidata de la coalición “Juntos Haremos Historia” a la alcaldía de Jesús María.

El proyecto presentado por la magistrada Laura Llamas propuso la declaración de inexistencia de la infracción mencionada debido a que no se demostró que las expresiones realizadas en una rueda de prensa organizada por Arámbula López y que se transmitió en redes sociales constituyeron un hecho de violencia política en razón de género, por lo que no se afectó el derecho político electoral de la candidata. 

La conclusión del proyecto señala que entre ambas partes “existe una relación política altamente competitiva” dentro del mismo municipio y por lo tanto, “el solo hecho de que las expresiones realizadas resulten molestas, ofensivas o perturbadoras a la imagen o persona de la denunciante, esto no implica que se esté ante la existencia de violencia política por razón de género”, explicó el encargado de despacho de la Secretaría de Estudio, Alejandro López Dávila. 

Posteriormente, los magistrados votaron a favor del proyecto. 

Por último, la magistrada presidenta, Claudia Díaz de León, indicó que en la resolución del proyecto sancionador identificado con el expediente TEEA-PES-094/2021 “se declara la inexistencia de la infracción atribuida a Antonio Arámbula López; segundo, se dejan a salvo los derechos de la parte denunciante para que se hagan valer en la forma y vía que corresponde”.