Suspenden amparo de Pegaso contra PROFECO e IFT

Redacción

México, D.F.- Al considerar que la distribución y difusión de la Carta de Derechos Mínimos del Consumidor, sólo es informativa y no afecta a Telefónica Pegaso PCS, la Jueza Silvia Cerón, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, determinó sobreseer el amparo promovido por la empresa en contra de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

 

Por falta de “interés legítimo” el pasado 5 de noviembre, la juzgadora determinó sobreseído el juicio de amparo 1625/2015, promovido por Pegaso en contra de la difusión y distribución de la Carta de Derechos Mínimos del Consumidor por parte de Profeco y el IFT.

 

En la determinación se señala que: “La Carta de Derechos está dirigida exclusivamente a los particulares y tiene un carácter meramente informativo. La única obligación de las empresas es entregarla a sus clientes. Se requiere de un acto de aplicación concreto que cause afectación real y directa a la empresa y la mera publicación de la carta no afecta a nadie, sino que cumple con la Ley de Telecomunicaciones por parte de Profeco e IFT”.

 

Con el sobreseimiento del amparo, la jueza segunda de distrito en materia administrativa especializada en competencia económica y telecomunicaciones, da la razón a las autoridades para emitir y seguir difundiendo la carta de derechos del consumidor en servicios de telecomunicaciones y protegerlos de abusos de empresas que hacen cargos indebidos o no autorizados; no autorizan la portabilidad y no dan trámite ordenado a las quejas de los usuarios, entre otras.

 

Así, tanto la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), avanzan en el objetivo de socializar los derechos de consumidoras y consumidores de servicios de telefonía, enmarcados en la Reforma Estructural del Presidente Enrique Peña Nieto.

 

No obstante que la determinación de la jueza aún es susceptible de impugnación, ambas instancias por las vías legales necesarias seguirán pugnando por salvaguardar los derechos de las y los consumidores.