SCJN vuelve a enmendar la plana al Congreso de Aguascalientes

 

MVS Noticias

CdMx.- La a PGR señaló que esta norma era contraria al artículo 73 de la Constitución Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, establecía facultades para declarar el no ejercicio de la acción penal y creaba la figura de inconformidad, para que el ministerio público apelara una decisión de este tipo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales los párrafos que van del cuarto al séptimo del artículo 86 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Aguascalientes, que fueron impugnados por la Procuraduría General de la República (PGR).

Y es que la PGR señaló que esta norma era contraria al artículo 73 de la Constitución Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, establecía facultades para declarar el no ejercicio de la acción penal y creaba la figura de inconformidad, para que el ministerio público apelara una decisión de este tipo.

El argumento de los ministros para tomar esta decisión es que estos temas son de exclusiva competencia del Congreso de la Unión, y los legisladores locales no pueden crear normas contrarias, o que vayan más allá, de lo aprobado por sus colegas federales.