Sala Monterrey para variar enmienda la planta al TEEA en caso de Tavarez

Daniela Lomelí
Aguascalientes, Ags.- La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) sobre la demanda interpuesta por Roberto Tavarez Medina contra la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI. 
De acuerdo con el expediente  SM-JDC-987/2021 indica que el TEEA consideró de manera indebida que la impugnación promovida por Tavarez Medina se había realizado de manera extemporánea “ya que el momento procesal oportuno para combatirlo era a la par del dictado de la resolución intrapartidista que puso fin al procedimiento”
Además, señala que “el tribunal responsable incurrió en un vicio lógico de petición de principio pues desechó la demanda con base en la notificación de la resolución intrapartidista que puso fin al procedimiento a pesar de que ésta había sido cuestionada por el actor en su demanda, sin que resulte factible analizar en esta sede jurisdiccional los agravios hechos valer respecto a la mencionada resolución, al no ser procedente asumir la plenitud de jurisdicción solicitada”
En este sentido, la Sala Regional le asistió en razón a la parte promovente, quien señaló que el desechamiento de su demanda es contrario a Derecho, “pues el tribunal responsable debió analizar sus agravios hechos valer contra dos actos concretos emitidos en el expediente CNJP-PS-AGU-112/2021, consistentes en el emplazamiento y la resolución intrapartidista que puso fin al procedimiento”
También se indica el efecto de la revocación de la sentencia y, en consecuencia, ordenar al Tribunal local que resuelva en una decisión de fondo lo que en Derecho corresponda sobre la legalidad de los actos reclamados en la demanda del juicio ciudadano local.