Necesita el PRI pruebas contundentes para denunciar intromisión del clero en elecciones: IRO

Redacción

Aguascalientes, Ags.- Si la impugnación del PRI y de los partidos de la coalición pretende señalar la participación de la iglesia católica en el proceso electoral para elegir a gobernador en Aguascalientes, deberá presentar pruebas contundentes que acrediten dicho supuesto para que puedan recaer las sanciones ante los actores involucrados, refirió el vocal ejecutivo del INE, Ignacio Ruelas Olvera.

En este sentido comentó que como tal no es un tema de jurisdicción electoral, por lo cual tendría que encausarse el recurso jurídico ante las instancias correspondientes, que en este caso sería la Secretaría de Gobernación.

“Desde mi punto de vista personal como ciudadano si el argumento está central en la defensa del Estado laico lo que se seguirá es algo que no está en al área jurisprudencial”.

Añadió que como ciudadanos, los sacerdotes y demás miembros de la Iglesia pueden participar con su voto pero no podrán ser votados si no dejan los hábitos previamente.

“Es cierto que los sacerdotes pueden votar, es una realidad, pero para que un sacerdote pueda ser votado, necesita colgar los hábitos, sigue prevaleciendo que desde el púlpito no se hace política”.

Ruelas Olvera agregó que en caso de que el recurso de impugnación se vaya por la vía electoral tendrá que pasar por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial o directamente a la Sala Superior de esta instancia para que los magistrados emitan una resolución acorde a las pruebas encontradas.

Para ello será un proceso que puede tardar semanas o incluso meses, hasta antes del 1° de diciembre, que es cuando debe tomar protesta el próximo gobernante del estado.

“En el caso hipotético que la nulidad se dé, el tribunal fijará los tiempos en que deberá desarrollarse una elección extraordinaria sólo de gobernador, pero todo depende de la calidad del discurso jurídico y creo que es una asignatura que lo que hemos visto hasta el momento es una falta de coherencia jurídica en las instancias de reclamo, de administración de justicia electoral”.

Ignacio Ruelas Olvera concluyó que en caso de irse a una elección extraordinaria el Congreso del Estado estaría en condiciones de nombrar a un gobernante interino mientras se nombra a quien ocupe el cargo en las urnas mediante una elección extraordinaria.