Legisladores de Aguascalientes podrían incurrir en el delito de traición a la patria en guerra extranjera

Redacción

Ciudad de México.-Legisladores de Aguascalientes estarían metidos en un grave problema.

El Decreto 269 de la legislatura del estado de Aguascalientes, vulnera los intereses públicos fundamentales del país y su buen despacho, materia del juicio político que se sigue en estos momentos ante la Cámara de Diputados del Congreso General, como instancia de instrucción de la acusación que ha sido formulada en contra de los integrantes de ésta.

El hostigamiento de la fuerza pública que vive nuestra legación diplomática en La Paz, por lo demás, se aproxima a una situación extrema sin precedente en los anales de la justicia internacional, el caso que al efecto podría invocarse , versa sobre el dirigente de la Alianza Popular Revolucionaria Americana (APRA), responsabilizado por haber instigado la rebelión cívico-militar del 3 de octubre de 1948, quien por su parte, se habría refugiado en la sede de la legación diplomática de Colombia en Lima.

El 4 de enero de 1949, el Gobierno de Bogotá anunciaba a la opinión pública internacional que concedía asilo a Haya de la Torre y solicitaba en consecuencia por parte de las autoridades peruanas que extendieran un salvoconducto a favor del inculpado que le permitirá dejar físicamente la embajada en Lima para trasladarse a territorio colombiano. La negativa a extender el salvoconducto en cuestión, suscitó que las partes en cuestión acordaran someter la controversia en cuestión a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia.

La situación que al efecto se manifiesta hoy por hoy en La Paz, no se circunscribe a una controversia relativa al derecho de asilo como sucedió en el caso “Haya de la Torre” hace más de 70 años, sino que se extiende a la inmunidad de la sede diplomática, consagrada por la Convención de Viena de Trato Diplomático de 1961, por lo que, un eventual asalto, nos colocaría en una situación virtual de guerra.

El contenido del Decreto 269 de la legislatura del estado de Aguascalientes, resulta ser inconstitucional en sus alcances al arrogarse atribuciones de política exterior y de regulación en materia de extranjería, que están por demás fuera de su alcance y competencia, observando adicionalmente abiertas transgresiones a las garantías constitucionales, tal y como al efecto lo dilucidara a cabalidad el abogado Guillermo Macías Díaz-Infante.

Por si ello resultase de poca monta, el contenido del Decreto en cuestión, al declarar “persona non grata” al ciudadano boliviano  Evo Morales, vulnera la posición de la Cancillería en un momento en que, tras haberse anunciado acciones de México ante la Corte de Justicia Internacional análogas a las que ésta desplegara en el caso “Haya de la Torre”, así como ante la Corte de Justicia Penal Internacional con sujeción al “Estatuto de Roma” de 1998, se ha recibido una respuesta por parte de las autoridades de facto de Bolivia que no tiende a la distensión del conflicto.

La expresión: “nos encontramos en la corte a ver quién violó los tratados”, anuncia que el conflicto tiende a escalar; saben bien las autoridades golpistas que la única atribución que les concede en el caso el Derecho Internacional Público es la de negarse a reconocer la competencia del Tribunal Internacional de Justicia en ejercicio de sus potestades soberanas; en tal tesitura, resulta del todo previsible un eventual asalto a la sede diplomática de México en La Paz.

En consecuencia de lo anterior, autoridades que al margen y en contravención de las disposiciones constitucionales han vulnerado la posición internacional del país, han terminado por colocarse deliberadamente, y de manera por demás peligrosa, en la línea de comisión de una conducta tipificada en la legislación penal, bajo una designación señalada el respecto desde tiempos inveterados con el nombre de “traición a la patria en guerra extranjera”.

Con información de SDP Noticias