Juicio vs MOS puede avanzar ahora

La Jornada

Ciudad de México.- El gobernador electo de Aguascalientes, Martín Orozco Sandoval (PAN), “carece actualmente de fuero constitucional”, según lo refieren los artículos 62 y 125 de la Constitución mexicana, por lo que el proceso penal que tiene abierto desde el año 2010 por tráfico de influencias y uso indebido de atribuciones, “lo mantiene privado de sus derechos políticos y lo vuelve inelegible”, aseguró el doctor en derecho y abogado constitucionalista José Óscar Valdéz Ramírez.

El litigante fue contratado por la coalición Aguascalientes Grande y para Todos, encabezada por Lorena Martínez (PRI), por lo que elaboró junto con otros abogados especialistas en derecho electoral y de amparo, las demandas y recursos legales con los que fue impugnada la elección para gobernador del pasado 5 de junio.

En entrevista con La Jornada, Óscar Valdéz dijo que la impugnación va por un doble camino: la electoral, mediante los tribunales estatales y federales en esa materia, y la vía de amparo.

En la primera se argumentó la inelegibilidad del candidato panista, pues el artículo 9, fracción I, del Código Electoral de Aguascalientes ordena que nadie podrá ocupar un puesto de representación popular si tiene suspendidos sus derechos políticos.

En el segundo recurso, el de amparo, los abogados de la ex procuradora federal del Consumidor -quien perdió la elección por unos 13 mil votos de diferencia- pidieron la protección de la justicia federal para que se ordene a un juez local continuar el desahogo del proceso penal contra Orozco, bajo el argumento de que ya no tiene fuero, pues al ser senador con liciencia ya no opera la protección constitucional, pero tampoco tiene fuero como candidato electo.

“El único que tiene fuero es el gobernador en funciones de Aguascalientes; de ninguna manera puede haber dos fueros de gobernador, el tribunal federal electoral ya lo ha resuelto así”, sostuvo Valdéz Ramírez, abogado mexiquense con mas de 25 años de experiencia en las materias constitucional y de amparo.

El pasado lunes, en declaraciones a medios de comunicación, Juan Manuel Ponce Sánchez, magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Aguascalientes, señaló que las acusaciones penales vertidas en contra del gobernador electo de esa entidad, podrán –si conserva el puesto de gobernador, luego de las impugnaciones presentadas– quedar archivadas por los próximos seis años, debido a que goza de fuero constitucional.

Orozco Sandoval está acusado de los delitos de tráfico de influencias y uso indebido del servicio público, luego de la venta de un terreno propiedad del municipio de Aguascalientes durante el trienio que fungió como presidente de la capital, en el 2007.

El cabildo del gobierno que encabezaba autorizó que se hiciera la permuta entre un terreno, ubicado en la ciudad, por otro ubicado junto al relleno sanitario de San Nicolás, propiedad de una sociedad conocida como Fruideo, la cual pertenece a Orozco Sandoval y a sus hijos.

El predio, con valor de 261 mil pesos (según consta en notas periodísticas publicadas por La Jornada Aguascalientes en 2013) fue cambiado por otros cuatro, en suma llegaban a los seis millones de pesos. En su declaración de intereses, dada a conocer en la página de tres de tres, señala tener el 34 por ciento de acciones en esta empresa.

Por tal motivo, en 2010 se le dictó auto de formal prisión y un año después permaneció un par de días detenido, tras haber sido derrotado por Carlos Lozano de la Torre en las elecciones a gobernador celebradas en 2010, y buscar el cargo de senador posteriormente.

Debido que los delitos por los que se le acusa no están reconocidos como de gravedad, se le permitió enfrentar su proceso legal en libertad, tras pagar una fianza de 23 mil pesos.

En 2012, cuando tomó el cargo de senador, solicitó la suspensión del proceso legal hasta concluir su encargo, amparado en el fuero constitucional. El proceso sólo llegó hasta la etapa de presentación de pruebas y se detuvo, pero el panista ha perdido varios amparos contra las acusaciones de fondo, por lo que persiste el auto de formal prisión.

Sobre las declaraciones del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aguascalientes, el abogado Óscar Valdéz dijo a este diario que “el magistrado Juan Manuel Ponce Sánchez está totalmente condido o es un ignorante del derecho constitucional”.

El abogado mexiquense contratado por la ex candidata Lorena Martínez precisó que “la circunstancia de que (el gobernador electo de Aguascalientes) no esté hoy privado de la libertad, por las conductas ilícitas que se le atribuyen, no implica, persé, que como ciudadano esté en pleno goce de sus derechos políticos y electorales, por tanto, no pueda tomar posesión ni rendir protesta como gobernador del estado de Aguascalientes”.

“El artículo 9, fracción I, del Código Electoral de Aguascalientes alude a la causal de inelegibilidad que se actualiza cuando un ciudadano está sujeto a proceso penal, por delito sancionado con privación de libertad, a partir de la fecha en que se le dicte auto de formal prisión, con independencia de que el procesado esté gozando o no del beneficio de la libertad bajo caución.

“Lo argumentado se corrobora con lo sustentado en la tesis de jurisprudencia 171/2007, aprobada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de fecha veintiocho de noviembre de dos mil siete, que a la letra establece: Novena Época. Registro No. 170338. Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Febrero de 2008. Página: 215. Tesis: 1a./J. 171/2007: DERECHOS POLÍTICOS. DEBEN DECLARARSE SUSPENDIDOS DESDE EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 38, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

“El citado precepto constitucional dispone expresa y categóricamente que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden a causa de un proceso criminal por delito que merezca pena corporal y que el plazo relativo se contará desde la fecha de la emisión del auto de formal prisión; además, el artículo 46 del Código Penal Federal señala que la referida suspensión se impondrá como pena en la sentencia que culmine el proceso respectivo, que comenzará a computarse desde que cause ejecutoria y durará todo el tiempo de la condena, lo cual es acorde con la fracción III del propio artículo 38 de la Constitución federal”, destacó Oscar Valdéz…

Finalmente, el abogado de la candidata del PRI al gobierno de Aguascalientes agregó que en el caso del gobernador electo de esa entidad, Martín Orozco, “estamos ante un Senador de la República con licencia que evade la justicia por tener fuero, siendo confirmado el auto de formal de prisión por el poder judicial de la federación, siendo omisa la autoridad responsable (Procuraduría del estado) en solicitar su desafuero como senador”.

Y aún más, añade el abogado constitucionalista: “en estos momentos Martín Orozco Sandoval se encuentra en el presupuesto contemplado en el artículo 125 constitucional y su correlativo 62 de la Constitución federal. Se encuentra en el presupuesto del articulo 125 pues es gobernador electo, al tener constancia de mayoría, por lo que no puede ser senador con licencia, y por lo menos hasta que no tome la protesta constitucional como gobernador no tiene fuero, esto ya fue discutido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

(http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SUP/2014/JDC/SUP-JDC-00390-2014.htm)”.

Por tanto, “del antecedente que puede consultarse en el link al rubro citado, se especifica que dos cargos de lección son incompatibles”.

El Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes ya otorgó al panista Martín Orozco la constancia que lo acredita como ganador de la elección para Gobernador, pero los recursos de impugnación se resolverán en las próximas semanas o meses.