Exige FEUAA mejoras en el transporte público

Comunicado

Aguascalientes, Ags.- La Federación de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Aguascalientes exhorta a Gobierno del Estado de Aguascalientes, a los municipios de todo el estado y a sus respectivas dependencias competentes al tópico de este texto, así como a otros gremios estudiantiles, asociaciones de personas con capacidades diferentes, a la población en general y a representantes y propietarios de concesiones de servicio de transporte público (en particular todos los miembros de “ATUSA”) a respetar y hacer respetar lo siguiente, con pleno fundamento a los establecido en la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes:

El NO aumento de tarifas de transporte público

Aunque los “Elementos para la Determinación de la Tarifa” en el artículo 142 son claros. La misma Ley establece lineamientos y obligaciones que no han sido cumplidos por parte de los prestadores de servicio, específicamente, la Ley menciona al menos veinte veces el término calidad como algo a lo que todo sistema de transporte público (el urbano en particular) está obligado a cumplir so pena de multa o revocación de derechos a los concesionarios. A saber, los art 2, 11(VIII), 13(XXV, XXVIII), 31 (IV), 36(VI), 43(VIII), 68(I), 125(II), 130, 139, 147, 151, 307(II).

La misma Ley define “calidad” como: Propiedades de eficiencia en los servicios ofrecidos al usuario, en términos de accesibilidad, higiene, comodidad, seguridad, frecuencia de paso, tiempo de recorrido y sustentabilidad ambiental.

Por lo anterior recomendamos realizar mejorar notorias, significativas y sobre todo cuantificables de este parámetro de calidad antes de proponer y autorizar cualquier aumento a las tarifas del servicio de transporte público.

Es menester mencionar, que es el artículo 129 el que faculta a la CMOV a lo siguiente: Cuando se interrumpa o suspenda un servicio de transporte público, o no se esté prestando conforme a las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, así como en caso fortuito o de fuerza mayor, la CMOV podrá adoptar, durante el tiempo que estime necesario, cualquiera de las siguientes medidas: I. Requerir al concesionario o permisionario para que reanude o corrija el servicio, señalándole un plazo perentorio de acuerdo con las circunstancias del caso; II. Proporcionar al concesionario ayuda provisional con elementos del Gobierno Estatal o del Municipio respectivo; III. Sustituir transitoriamente la prestación del servicio; y IV. Ordenar la intervención del servicio y al efecto, ocupar la totalidad de los bienes, equipos, instalaciones, locales, vehículos y demás enseres destinados al mismo, sean cuales fuesen su naturaleza y características, además de administrarlo hasta en tanto se restablezca, pudiendo recurrir al auxilio de la fuerza pública en caso de oposición o resistencia de los concesionarios, de sus colaboradores, administradores o legítimos representantes, o de quien se oponga a la intervención. Por lo mencionado en artículo anterior requerimos que no exista propuesta de aumento si no viene acompañada de compromisos de mejora en el servicio. Obviando entre estos compromisos los mismos que la ley obliga.

Nota aclaratoria: entiéndase por tarifa todas las definiciones mencionadas en la Ley de Movilidad.

Que se respete lo estipulado en el artículo 76 de la Ley de Movilidad que establece literalmente lo siguiente:

Las personas con discapacidad, estudiantes y adultos mayores gozarán de tarifas preferenciales en el transporte público colectivo urbano y foráneo, equivalente al cincuenta por ciento de la tarifa pública, previa identificación vigente expedida por instituciones que acrediten tal carácter, conforme a los Acuerdos y Decretos que en su caso se publiquen en Periódico Oficial del Estado.

Actualmente este derecho no se respeta pues se limita el descuento al periodo semana de lunes a viernes y se descartan días feriados o periodos vacacionales: incluso aunque se argumente que la tarifa actual de $2.5 tiene un descuento mayor al estipulado en la ley, si se suman los gastos derivados por uso de transporte público en días en los que no hay descuento reconocido y si se suma el costo de las tarjetas (con un costo arbitrario, no regulado por la Ley); el costo total rebasa significativamente el máximo establecido.

Somos estudiantes en todo el año, tanto para las instituciones educativas como para todas las instituciones que cubren otros de nuestros derechos. Ejemplo de ello es el seguro médico (IMSS), pues tenemos seguridad social siempre, incluso en vacaciones.

Por todo lo anterior exigimos el cumplimiento derecho a tarifa preferencial los 365 días del año.

Esta exigencia la consideramos plenamente legítima pues debemos asumir que todos los estudiantes del estado son dependientes económicamente y necesitan este subsidio.

Regulación al precio y distribución de tarjetas de descuento o cambio inmediato a un mejor sistema de cobro

La Ley permite a los concesionarios designar la mejor manera de controlar sus cobros, permitiendo con ello el uso de tarjetas de identificación para usuarios con derecho a descuento. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, la Ley no regula el uso de estos sistemas; pero es menester que lo haga pues afecta al derecho mismo de la tarifa preferencial. Adicionalmente el hecho de que sólo exista un punto de adquisición de dicha tarjeta limita enormemente a quienes tenemos derecho a la tarifa preferencial, pues sólo aquellos que tienen los medios y recursos para tramitarla pueden gozar el derecho. Así pues, la actual manera de administrar este sistema limita por una acción burocrática nuestros derechos.  En caso de ser necesario y justificable el aumento recomendamos que se haga de forma gradual
Esto debido a que un aumento repentino tendría un serio impacto para toda la comunidad estudiantil y las familias

Concesiones de transporte público para la comunidad estudiantil de la Universidad Autónoma de Aguascalientes:

Al día de hoy, una buena parte de nuestros estudiantes reciben apoyo en traslados cotidianos de transportes propios de la UAA. Especialmente en Campus Sur.

Adicionalmente, como institución tenemos datos y académicos para generar un conocimiento profundo de los patrones de movilidad de nuestra comunidad, para diseñar rutas verdaderamente eficientes en todos los aspectos (calidad, emisiones de gases contaminantes, tiempo, etc).

Dicha solicitud la manifestamos como FEUAA A.C. y tiene antecedentes históricos en otros estados de la república como es el ejemplo de la FEUAN (Federación de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Nayarit) quienes lograron concesiones cuyo mercado objetivo es la comunidad universitaria.

En recomendaciones a parte, fundadas en la literatura especializada en el tema exhortamos a lo siguiente: 

Cobro diferenciado

Sólo aquellas unidades que estén en norma de acuerdo al art 123, X: (Los vehículos que sean utilizados para el servicio de transporte público deberán tener las siguientes características: o Urbano: Autobús, microbús, minibús o midibús modelo no mayor a diez años) Podrán cobrar con un aumento, no el resto.

Compra directa de vehículos por parte del Estado

Uno de los argumentos utilizados para justificar el aumento de la tarifa es el alto costo de adquisición de nuevas unidades para prestar el servicio, dificultando la tarea de los concesionarios teniendo con esto una escasa inversión para la renovación por parte de los concesionarios, haciendo que se agraven los problemas que la población padece producto de los efectos del desgaste natural de las unidades, manifestándose en esperas

prolongadas, suspensión del servicio, desviaciones de rutas y, sobre todo, el incremento del pasaje, perjudicando en gran medida la economía de la población. A partir de esta situación es que se recomienda que los vehículos se adquieran por compra directa por parte del Estado para eliminar intermediarios que encarecen la compra de nuevas unidades, con el compromiso de que ATUSA cubra el monto total por el que se adquieren.

Creación de un organismo público descentralizado

Es importante señalar que algunos de los problemas que tiene el sistema de transporte público de pasajeros están relacionados con la edad del parque vehicular, el cual tiene más de 10 años de antigüedad, situación que pudiera solucionarse si existiera un organismo paraestatal capaz de ofrecer el servicio. Aunado a que el agravio también se debe a la falta de programas rigurosos de mantenimiento, conservación y renovación, así como de actualización y capacitación permanente de los operadores que prestan el servicio, otra situación que pudiera enmendarse por la capacidad del Estado para implementar y hacer cumplir dichas disposiciones y medidas.

Con la creación de un organismo público descentralizado encargado de la prestación del servicio público de transporte de pasajeros se solventarían las carencias y deficiencias del servicio, además de que se rompería el monopolio existente que posee ATUSA respecto al servicio de transporte público urbano.

Estas recomendaciones a partir de que existe un uso importante del transporte colectivo, un bajo nivel de intervención por parte del Estado y la presencia de vehículos vetustos en ATUSA. Aunque exista un consenso acerca de la necesidad de modernizar el sistema de transporte colectivo para hacerlo más competitivo en un contexto de aumento de la motorización, resulta difícil modernizar el sistema actual sin una fuerte voluntad política.

Para respaldar los aspectos subjetivos mencionados en este texto y por la propia Ley de Movilidad, la FEUAA realizó un sondeo de opinión y hábitos de uso del servicio de transporte urbano de la ciudad de Aguascalientes. Los resultados y la discusión de los mismos se muestran en los anexos. Dicho sondeo incluye al 8% (1600 estudiantes, 1400 muestras tomadas en línea y 200 realizadas personalmente) de toda la comunidad estudiantil-UAA. Adicionalmente, en los anexos están una serie de tabulaciones para explicar lo oneroso que resultaría para una familia de ingreso bajo este tipo de aumentos a la tarifa. Conclusión

Confiamos en que todo aquel que lea este comunicado entienda la buena fe e intenciones que tiene la FEUAA en defender los derechos de nuestros estudiantes y de todos los habitantes de Aguascalientes.

Al igual que el grueso de la ciudadanía queremos una movilidad segura, eficiente, que nos dé calidad de vida, responsable con el medio ambiente; vale la pena mencionar que el transporte público juega un papel categóricamente esencial cuando se busca un desarrollo sustentable.

Creemos, por conocimiento de la ciencia y porque diversos puntos de vistas especializados (desde el Derecho, la Ciencia Política, la Sociología, las Ciencias Ambientales y Naturales, la Economía, etc) que el tema de movilidad tiene en su base y esencia al transporte público y, que la movilidad como un todo será un tema crucial para quienes habitan las ciudades a lo largo de todo este siglo.

El compromiso, que tenemos como estudiantes es enorme y lo aceptamos frontalmente.