Confirman registro a Zamarripa para elección en Aguascalientes

Quadratín

MÉXICO, DF.- La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el 01 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) en el estado de Aguascalientes relativo al registro de la fórmula de candidatos de la coalición conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México en la elección extraordinaria de diputados federales por el principio de mayoría relativa, encabezada por Gregorio Zamarripa Delgado, informó el TEPJF a través de un comunicado.

Al dictar sentencia en el recurso de apelación 16/2015, los magistrados consideraron que contrario a lo alegado por el Partido Acción Nacional (PAN), fue correcto que el Consejo Distrital requiriera a la coalición que corrigiera oportunamente el requisito, relativo a las firmas de las personas facultadas para llevar a cabo el registro del candidato conforme se previó en el convenio respectivo.

Con relación al argumento del partido actor sobre el impedimento para que Zamarripa Delgado participe en el proceso electoral extraordinario, en virtud de haber sido el candidato beneficiado con la irregularidad que condujo a la nulidad de los comicios ordinarios, los magistrados mencionaron que la sola declaración de nulidad de la elección del procedimiento ordinario con base en la intervención de un servidor público de mando superior, no permite equiparar al candidato ganador o beneficiado como persona sancionada.

Es decir, para que se encuentre impedida una persona para participar en una nueva elección por haber sido anulada la ordinaria se requiere que, mediante alguno de los procedimientos legalmente establecidos, se hubiere declarado responsable a dicha persona de la comisión de la irregularidad invalidante.

Confirma la ubicación original de las mesas directivas de casilla de la sección electoral 407 en Aguascalientes.

El pleno de la Sala determinó confirmar la resolución dictada por el Consejo Local del INE en el estado de Aguascalientes, que revocó el acuerdo mediante el cual se aprobó la reubicación de las mesas directivas de casilla de la sección electoral 407 para la elección extraordinario del próximo 6 de diciembre.

Al resolver el recurso de apelación 17/2015 presentado por el PAN, los magistrados concluyeron que fue correcta la revocación por parte del Consejo Local, pues el Consejo Distrital no se apegó al procedimiento establecido en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación requerido para proponer la modificación, tal como lo es la realización de un estudio técnico de la nueva ubicación y una revisión física de la misma, por lo que se confirmó la resolución impugnada.

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