Checa la transparencia financiera de entidades de ahorro y crédito popular

Redacción

Ciudad de México.-La CONDUSEF da a conocer el resultado de la supervisión en materia de transparencia financiera y calidad de la información, al sector de Entidades de Ahorro y Crédito Popular (EACP), respecto del producto “Crédito Personal” realizada en el año 2021.

En este proceso participaron 20 Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP) y 5 Sociedades Financieras Populares (SOFIPO), que ofrecen este producto a sus socios o clientes.

El proceso de supervisión en materia de transparencia y calidad se desarrolla en dos etapas y tiene el propósito de verificar que la información contractual proporcionada al usuario sea clara y precisa, las páginas de internet no confundan, la publicidad sea verás, los usuarios puedan consultar previamente los contratos de los productos y servicios, así como conocer las comisiones que se cobran, entre otros temas.

· Primera etapa

Se analiza que los documentos e información que utilizan las instituciones financieras con los usuarios, previo a la contratación y durante la vida del crédito, cumplan con la normatividad aplicable, por lo que se solicitan expedientes de clientes que contienen documentos como contrato de adhesión, carátula, estado de cuenta, tabla de amortización y comprobante de operación. También se revisa que la página de Internet y la publicidad tengan información consistente y no dé lugar a confusiones.

Del análisis anterior, la CONDUSEF informa a las instituciones financieras las irregularidades normativas detectadas y les ordena llevar a cabo un programa de cumplimiento forzoso, con el propósito de solventar dichas irregularidades.

Al respecto, vale la pena señalar que Caja Popular Arboledas y la Caja Popular los Reyes cumplieron con toda la normatividad y obtuvieron una calificación de 10 desde esta primera etapa.

· Segunda etapa

Con el objeto de determinar si las instituciones financieras llevaron a cabo los cambios ordenados mediante los programas de cumplimiento forzoso, la CONDUSEF analiza la documentación enviada como evidencia de lo realizado por las instituciones.

Derivado de lo anterior, se obtuvieron los siguientes resultados de la primera y segunda revisión:

SOCAPS CALIFICACIÓN (Máxima 10) PRIMERA SEGUNDA

Caja Popular Arboledas 10.0 10.0

Caja Popular los Reyes 10.0 10.0

Caja Popular Tanhuato 8.3 10.0

Caja Popular Manzanillo 7.1 10.0

Caja Popular Comonfort Reprobada 10.0

Cooperativa Nuevo México Reprobada 10.0

Caja Popular Dolores Hidalgo Reprobada 10.0

Caja Popular Santiago Apóstol Reprobada 10.0

Caja Popular Agustín de Iturbide Reprobada 9.4

Caja Solidaria San Miguel de las Cruces Reprobada 9.2

Caja Cerro de la Silla Reprobada 8.8

Caja Fama Reprobada 8.6

Progreso de Vicente Guerrero Reprobada 8.4

Cooperativa San Andrés Coyutla Reprobada 7.3

Cooperativa de Ahorro y Préstamo Caja Popular

Atemajac Reprobada 6.0

Cooperativa San Juan Bautista de San Juan del Río,

Qro. Reprobada Reprobada

Caja Popular Pío XII Reprobada Reprobada

Cooperativa Lachao Reprobada Reprobada

El Rosario Reprobada Reprobada

Caja Popular Cristo Rey Reprobada Reprobada

PROMEDIO 4.5 7.8

SOFIPO CALIFICACIÓN (Máxima 10) PRIMERA SEGUNDA

Caja Progressa Reprobada 10.0

Kubo Financiero Reprobada 8.8

Multiplica México Reprobada 6.9

Paso Seguro Creando Futuro Reprobada 6.5

Apoyo Múltiple Reprobada 6.3

PROMEDIO 4.3 7.7

Como se muestra en el cuadro anterior, la mayoría de las instituciones mejoraron su calificación en la segunda revisión, aumentando el número de aprobadas de 4 a 19, (15 SOCAP y 5 SOFIPO). Además, 9 EACP realizaron todo lo ordenado en el programa de cumplimiento forzoso de forma correcta, elevando su calificación a 10.

Las instituciones no aprobadas son Caja Popular Cristo Rey, El Rosario, Cooperativa Lachao, Caja Popular Pío XII y Cooperativa San Juan Bautista de San Juan del Río, toda vez que continuaron con las calificaciones más bajas en la segunda revisión.

Como resultado de los esfuerzos en conjunto de las instituciones financieras, así como de la CONDUSEF, en la mayoría de las instituciones financieras se obtuvieron resultados positivos, que se transforman en información transparente y de calidad para el usuario al momento de contratar el producto financiero, lo cual no las exime de que los incumplimientos a la norma serán sujetos a las sanciones correspondientes.

Entre los principales incumplimientos normativos que se encontraron en los expedientes de clientes que contrataron el producto “crédito personal”, destacan los siguientes:

Contrato de Adhesión

o No contiene el lugar a través del cual los usuarios podrán consultar las cuentas que las instituciones mantengan activas en redes sociales de internet.

o Las comisiones no son congruentes con el Registro de Comisiones (RECO).

o No contiene la indicación de que no se puede incrementar las tasas de interés, ni las comisiones.

Carátula

o No contiene el Costo Anual Total (CAT, valor personalizado expresado en términos porcentuales y anuales, redondeado a 1 decimal).

o No cumple con el formato.

o Las comisiones no son congruentes con el Registro de Comisiones (RECO).

Estado de Cuenta

o No contiene la fecha límite de pago y la leyenda de que el pago puede realizarse al día hábil siguiente en caso de que la fecha límite de pago sea un día inhábil.

o No contiene el aviso de la UNE y CONDUSEF.

o No contienen las leyendas de advertencia.

Tabla de amortización

o No contiene el número de RECA

o No contiene la fecha de elaboración

o No señala expresamente los conceptos que podrán estar sujetos a cambios

Comprobante de operación

o No contiene la certificación electrónica o folio interno.

o No contiene la plaza geográfica donde se realizó la operación.

o No contiene datos que permitan identificar el crédito respecto del cual se efectuó la transacción.

Página de Internet

o No contiene el Número de RECA.

o No señala expresamente los conceptos que podrán estar sujetos a cambios.

o No contiene la fecha de elaboración.

Publicidad

o No informa Costo Anual Total (CAT).

o No incorpora la palabra “PROMEDIO”.

o No contiene la leyenda “SIN IVA”.