Bancos están obligados a comprobar uso de NIP en tarjetas

Redacción

Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió una jurisprudencia, la cual da un criterio a seguir en los juicios cuando algún tarjetahabiente desconozca los cargos hechos por compras con su tarjeta de crédito.

La jurisprudencia número 2019919, publicada en el “Semanario Judicial de la Federación”, señala:

“Cuando se demanda la nulidad de los Boucher emitidos con motivo del uso de una tarjeta bancaria cuya autenticación se originó mediante la digitación del un número de Identificación personal (N.I.P.), cuando el usuario “Niega” haberlo realizado, es la Institución Bancaria quien está obligada a ofrecer las pruebas pertinentes que acrediten que el usuario realizó dicha Transacción”.

Con esto la Institución bancaria será quien debe probar ante el Juez que efectivamente fue el propietario de la tarjeta quien realizó el cargo.