Aprueba @municipioags modificaciones a reglas para enajenaciones y donaciones

Redacción

Aguascalientes.- El regidor presidente de la Comisión Permanente de Hacienda, Ernesto Saúl Jiménez Colombo, dio a conocer que se cuenta con el Reglamento de Enajenaciones y Donaciones de Bienes Muebles del Municipio de Aguascalientes, con lo cual el Ayuntamiento Capital se encuentra a la vanguardia y eficienta procesos administrativos en la materia.

El Edil refirió que se aprobó el pasado 18 de diciembre en sesión extraordinaria de Cabildo, luego de los trabajos efectuados a lo interno de la Comisión integrada también por los regidores José Refugio Muñoz de Luna y David Mendoza Vargas; en donde se contó previamente con la colaboración de áreas como la Secretaría del H. Ayuntamiento, Secretaría de Administración y la Contraloría, para su conformación.

Indicó que anteriormente se contaba con la Ley Patrimonial para el Estado de Aguascalientes, misma que fue abrogada y contemplaba los procedimientos para la reglamentación de algunas de las adquisiciones, enajenaciones y donaciones de los bienes muebles, tanto del Gobierno del Estado, como de los Municipios.

“Un documento que regule los procedimientos de enajenación de todos aquellos bienes que no estuvieran regulados por reglas de operación específicas en sus programas. Se crea el reglamento que es similar a la Ley Patrimonial, se enriquecen algunos puntos muy específicos del ámbito Municipal pero esto permite tener una normatividad aplicable para el caso cuando el Municipio de Aguascalientes quiere enajenar bienes propiedad Municipal o realizar algunas donaciones”.

Jiménez Colombo mencionó que estos trámites estaban detenidos al no contar con un procedimiento debidamente definido y únicamente se habían efectuado aquellos que iniciaron antes de la abrogación de la Ley Patrimonial.

“Artículos como lotes de chatarra, llantas que son propiedad Municipal y no tenemos un uso específico para ellos o un uso destinado al servicio público entonces sí aplica el Reglamento de Enajenaciones para fijar en cada caso qué procedimiento deberá de aplicarse e incluso para la baja de bienes, porque antes de enajenar hay que hacer un procedimiento administrativo que inicia en la dependencia solicitante, pasa a Control Patrimonial, validan la información, generan expedientes específicos por cada lote de bienes y posteriormente según sea el caso son autorizados por el Cabildo para su venta y posteriormente la Secretaría de Administración hace los procedimientos conducentes”.

Señaló para finalizar que al contar con la nueva normatividad en próximas fechas se desahogarán asuntos como la enajenación de algunos vehículos en desuso propiedad Municipal y artículos varios de la Secretaría de Seguridad Pública, mismos que se encuentran en el proceso administrativo para generar los expedientes y presentarlos a Cabildo a través de la Comisión de Hacienda para aprobar su donación o enajenación.