Sentenciada a 20 años de cárcel por un embarazo fortuito, finalmente fue liberada

CIMAC

CDMX.- Las autoridades judiciales de Acapulco, Guerrero, tardaron ocho años en reconocer que Miriam, sentenciada a 20 años de prisión en 2012 por el delito de homicidio, luego de que presentó un parto fortuito y el producto murió, no cometió el delito, por lo que fue liberada apenas el pasado martes.

Su abogado, Edgardo Francisco Calderón, coordinador del área de litigación de la organización Asilegal, explica a Cimacnoticias que desde su detención violaron sus derechos, como el derecho a la salud, porque fue víctima de violencia obstétrica e institucional en el hospital donde la atendieron por hemorragia posparto.

Además, las múltiples irregularidades en su proceso judicial la hicieron víctima también de violencia institucional e impidieron su derecho de acceso a la justicia. Entre estas fallas al debido proceso estuvo la falta de pruebas en su contra, supuestos testigos que no se volvieron a presentar y falta de orientación legal.

Aun así, el juez dictó en 2012 una sentencia de 20 años de prisión por el delito de homicidio, lo que la mantuvo en prisión ocho años y nueve meses.

Todo eso permitió que Asilegal solicitara la revocación de sentencia por falta de evidencias, interpusiera un amparo y otros recursos legales y que solicitara a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que revisara el caso y que un juez emitiera nueva sentencia con las pruebas que tenían hasta ese momento.

LOS HECHOS

En 2008, cuenta el abogado Francisco Calderón, Miriam vivía con su pareja y, sin saberlo, estaba embarazada. En su casa tuvo una caída accidental, que le hizo perder el sentido debido al impacto. Cuando se recobró presentaba una hemorragia vaginal y sintió que se le “desprendía” algo en el interior del vientre.

El accidente le había provocado un “parto fortuito”, es decir dio a luz antes de tiempo, tenía siete meses de gestación, y en la caída el producto también se golpeó y falleció.

El compañero de Miriam la llevó al hospital para que la atendieran por la hemorragia y ahí los servidores públicos pidieron a sus familiares que les llevaran el cuerpo del producto. Así lo hicieron y lo llevaron envuelto en una toalla, ya que desconocían que el levantamiento de cadáveres solo lo puede hacer personal autorizado y calificado.

El médico que lo revisó notó que el producto presentaba heridas y denunció el hecho a la policía. Un agente del Ministerio Público (MP) acudió al hospital y se llevó a Miriam, sin que el personal médico hubiera concluido la atención que se da a una mujer con hemorragia posparto.

En las instalaciones judiciales, Miriam tuvo que esperar en unas escaleras, aunque la hemorragia no había cesado. Luego la interrogaron y, debido a su estado, fue regresada al hospital.

UN LENTO PROCESO

El cuestionamiento que le hizo el agente ministerial fue tomado en cuenta por el MP para iniciar el juicio en contra de Miriam por el delito de homicidio.

“Sí sabías que estabas embarazada, ¿por qué no le dijiste a nadie? Tú no querías tener al bebé, lo querías abortar y por eso lo mataste”, le dijo el agente, relata el defensor Calderón Mata.

Explica el abogado que este trato del agente es muestra de la visión estereotipada que se tiene de las mujeres y el embarazo: se asume que las mujeres saben cuándo están embarazadas.

Miriam fue llevada a prisión preventiva en el Penal de Las Cruces en Acapulco y el 25 de noviembre del 2008 se inició el juicio en su contra por homicidio. Ahí sufrió de insultos y amenazas por parte de las custodias y un agente de la policía estatal la amenazó con asesinarla argumentando que “asesinar a su propio hijo” era lo peor que podía existir y por eso merecía la muerte.

Miriam fue obligada a firmar su Auto de Formal Prisión y los testimonios que presentaron en su contra fueron de “testigos de oídas”, familiares que vieron o escucharon algo, pero no sabían bien lo que sucedió. Además, dice el abogado, esos testimonios fueron interpretados de manera que culparan a Miriam del delito.

En ese proceso del juicio, el Ministerio Público tardó 3 años en desahogar 5 pruebas que decía tener, para la comprobación del delito y que consistían en testimonios de personas que no pudieron encontrar porque no presentaban sus domicilios correctos.

Con esas evidencias de la supuesta culpabilidad de Miriam el juez dictó sentencia de 20 años de prisión en el 2012. Sin embargo, en noviembre de ese mismo año se ordenó la reposición del procedimiento y fue hasta el pasado martes 16 de agosto que Miriam pudo conseguir su absolución.

La experiencia que deja el caso, considera el abogado Calderón Sánchez, hace necesario crear programas de seguimiento o vigilancia para el cumplimiento de las normas y leyes existentes.

El Código Penal del estado de Guerrero señala en el artículo 103, que el delito de homicidio se penaliza con 8 a 20 años de prisión.

Asilegal señala que en México hay 12 mil 640 mujeres en prisión y 51 por ciento de ellas se encuentra en prisión preventiva, es decir, sin una sentencia que acredite su culpabilidad o inocencia, lo cual representa una grave violación a sus derechos humanos.

16/GVV/GGQ